En el marco de la Ley N.º 21.325 de Migración y Extranjería de Chile, se reconoce la importancia de proteger el interés superior de los niños, niñas y adolescentes. Esta normativa establece que el Estado debe garantizar el pleno ejercicio y goce de sus derechos, independientemente de la situación migratoria de sus padres o tutores. A continuación, puedes obtener información relevante sobre la visa para menores de edad y los requisitos necesarios para su obtención.
Principios Fundamentales:
La Ley N.º 21.325 incluye un enfoque prioritario en el bienestar de los menores de edad, señalando que el Estado tomará todas las medidas necesarias para asegurar sus derechos. Esto está consagrado en la Constitución Política de la República, las leyes y los tratados internacionales ratificados por Chile. Además, se estipula que la situación migratoria de los padres no debe afectar el ingreso y residencia de los menores en el país (Art. 4°, Ley N.º 21.325 de Migración y Extranjería). El Decreto 177 de 2022 complementa esta ley, estableciendo subcategorías migratorias de Residencia Temporal, incluyendo visas por razones humanitarias para niños, niñas y adolescentes (Art. 45).
Requisitos para la Visa Temporal para Menores de Edad
En este caso tenemos dos alternativas, según cómo haya sido el ingreso del menor al país, es decir, por paso habilitado y por paso no habilitado.
A- Ingreso por paso habilitado:
- Documento de identidad o pasaporte del menor.
- Tarjeta Única Migratoria.
- Certificado de nacimiento del menor (apostillado o legalizado).
- Declaración jurada ante notario que acredite la custodia del menor.
- Documento de identidad o pasaporte del padre o madre.
- Documento que acredite la custodia o guardaduría, emitido por la autoridad competente del país de origen.
En caso de ausencia de pasaporte o documento de identidad, esto no será impedimento para la regularización migratoria del menor, aplicándose lo dispuesto en el artículo 14 del reglamento de la ley N.º 21.325.
B- Ingreso por paso no habilitado:
- Documento de identidad del menor.
- Certificado de nacimiento apostillado o legalizado.
- Declaración de expensas.
- Documento de identidad del padre o tutor.
Además, deben presentarse algunos de los siguientes documentos:
- Antecedentes de salud del menor (certificado de niño sano, carnet de vacunas, etc.).
- Certificado de alumno regular o comprobante de matrícula.
Algunas preguntas frecuentes:
¿Si los padres no están regularizados en el país, el menor puede tener una visa?
Sí, independientemente de la situación migratoria de los padres, se puede tramitar la visa para el menor.
¿Se pueden regularizar los padres si el menor tiene visa?
No, este permiso no será extensible a los miembros del grupo familiar, guardador o persona encargada del cuidado personal del menor.
Para mayor información respecto a este trámite, nos puedes contactar y con mucho gusto te atenderemos.
Daniela Reyes Rodríguez
Directora División Migratoria en LegalCity™